Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 70 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los oficiales que hagan algo extraordinario en una campaña militar van a recibir un "mérito especial" y eso se anota en su hoja de servicios. La Secretaría de Guerra y Marina es la que avisa a los barcos y oficinas militares cuáles son esos méritos, ya sea durante la guerra o cuando termine. Básicamente, es un sistema para reconocer y dejar por escrito las hazañas de los soldados.

Texto oficial

Artículo 70.- Para las anotaciones por méritos especiales, que deberán hacer los Detales respectivos en las hojas de servicios, la Secretaría de Guerra y Marina comunicará a los buques y dependencias las que acuerde durante el curso de una campaña o al darla por terminada. TITULO SEPTIMO Retiros y Pensiones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.