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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
710

Artículo 710 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres el capitán de un barco y necesitas reparaciones urgentes, primero debes pedir instrucciones por escrito a la Secretaría de Marina lo más rápido posible. Si no hay manera de comunicarte y el barco corre peligro inmediato, puedes usar el dinero que tengas a bordo para arreglarlo, aunque no esté destinado a eso. También puedes pedir trabajo a crédito y pagar después, mientras esperas que te lleguen fondos. En cualquier caso, apenas puedas, debes informar detalladamente a la Secretaría sobre lo que hiciste y por qué, procurando gastar lo menos posible.

Texto oficial

Artículo 710.- Si obrando independientemente tuviere necesidad de entrar a dique, hacer carena u otra reparación, se dirigirá por la vía más rápida a la Secretaría del ramo, pidiendo instrucciones, y procederá de acuerdo con las que reciba. Cuando por falta de comunicaciones violentas, y por la urgencia del caso, se vea precisado a verificar reparaciones necesarias en su buque, sin previa consulta y autorización superior, podrá disponerlas con los fondos que para ese objeto existan a bordo; y cuando en las mismas circunstancias sea a su juicio indispensable, para la salvación del barco en peligro, que suba a dique, repare averías o ejecute otra reparación que la situación fortuita demande, podrá disponer para ello de cualquier fondo que haya en caja, si no existe ninguno destinado al efecto, y aun contratar el trabajo y aplazar su pago mientras solicita y recibe el dinero suficiente. En los dos casos que se han previsto, deberá aprovechar el primer conducto para dirigirse a la Secretaría del ramo y darle cuenta pormenorizada de sus determinaciones y de las causas justificadas en que se funden, procurando siempre obtener las mayores economías en los gastos que por sí disponga.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.