- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 719
Artículo 719 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para evitar un incendio al cargar combustible, tienes que revisar que no esté mojado y que se mantenga seco a bordo. Además, debes ordenar el combustible de modo que primero se use el que ya tenías guardado antes. Si tú compras carbón para el barco, asegúrate de que no tenga pirita (una sustancia que puede prenderse sola). Si los almacenes del gobierno te entregan carbón con pirita, avísale de inmediato a tu jefe más alto.
Texto oficial
Artículo 719.- Para evitar un incendio en los embarques de combustible, vigilará que éste no se reciba húmedo y que a bordo se conserve seco, ordenando su estiba de manera que se consuma primero el resto de la existencia anterior. Cuando por su conducto se adquiera carbón para el buque, pondrá especial cuidado de no recibirlo piritoso; y que en caso de que se le entregue así por los almacenistas del Gobierno, dará inmediato aviso al Jefe superior de quien dependa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.