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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
782

Artículo 782 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres el capitán de un barco y ocurre algún accidente, varada o avería, tienes que avisar por escrito a tu jefe o a la Secretaría correspondiente. En ese reporte debes explicar qué pasó, por qué pasó, qué tan graves fueron los daños y qué hiciste para arreglarlos, aunque sea de manera parcial o total. Además, tienes que asegurarte de que el oficial de guardia anote todo en el cuaderno de bitácora, que es como el diario oficial del barco.

Texto oficial

Artículo 782.- Estará obligado a dar parte por escrito al Jefe de quien dependa o a la propia Secretaría, de cualquier avería, varada, o accidente que ocurra en el buque de su mando, especificando sus causas, la extensión de los daños y las medidas que hubiere tomado para remediarlos, en parte o radicalmente, y hará que el Oficial de guardia lo anote en el cuaderno de bitácora.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 98) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.