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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
793

Artículo 793 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esto quiere decir que un jefe o autoridad tiene la obligación de atender, sin excusas, cualquier solicitud que le llegue por los canales correctos (como un oficio o formato oficial). Su prioridad número uno es no ignorar esos trámites, porque si lo hace, está descuidando a las personas que dependen de él. Si no le da seguimiento a lo que le piden, puede causarles un daño grave. Por eso, debe actuar con toda la responsabilidad para no perjudicar a sus subordinados.

Texto oficial

Artículo 793.- Una de las atenciones a que debe dar preferencia bajo su más estrecha responsabilidad, es no dejar de dar curso, por ningún motivo ni pretexto, a las solicitudes que por los conductos debidos lleguen hasta él, para no perjudicar, en lo más mínimo, los intereses de los que le están subordinados.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 99) ↗

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