Artículo 84 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres marinero o soldado de la tropa y quedas discapacitado en una batalla, puedes pedir entrar al Cuerpo Nacional de Inválidos. Este cuerpo es una institución que cuida y apoya a los militares que se lastimaron en combate. Solo necesitas solicitarlo, no te dan el derecho automáticamente. La ley no aplica si te inutilizas fuera de una guerra.
Texto oficial
Artículo 84.- Las Clases y Marinería, y sus similares, que se inutilicen en acción de guerra, tendrán derecho a pertenecer al Cuerpo Nacional de Inválidos, siempre que lo soliciten.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.