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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
852

Artículo 852 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, cuando alguien pida provisiones o refacciones para las máquinas de un barco, se lo tienes que decir de palabra al Jefe del Estado Mayor de la Escuadra, División o Departamento. La idea es que esos jefes puedan hacer sus propios pedidos y mandarlos a la Secretaría correspondiente. En resumen, es un aviso verbal para que los jefes sepan lo que se necesita y puedan tramitar los suyos.

Texto oficial

Artículo 852.- Informará verbalmente al Jefe del Estado Mayor de la Escuadra, División o Departamento, sobre todo pedido que se haga para provisión de las máquinas y accesorios, a fin de que dichos funcionarios puedan formar los suyos y remitirlos a la Secretaría del ramo.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 105) ↗

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