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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
867

Artículo 867 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las mañanas a las 7:30, tienes que reportarle al Segundo Comandante cualquier accidente que haya pasado en las máquinas durante la noche, y también decirle cuánto carbón y otros materiales se usaron. Después, le pides la orden al mismo Segundo Comandante sobre a qué hora se debe hacer la limpieza, para que no se empalme con la limpieza general del barco.

Texto oficial

Artículo 867.- Todos los días, a las 7 h. 30 m. a.m., dará cuenta al Segundo Comandante de los accidentes ocurridos en las máquinas durante la noche, así como de la cantidad de carbón y efectos de uso consumidos. Tomará del propio Segundo Comandante la orden respectiva para la hora en que deba hacerse la limpieza, a fin de que coincida con la general del buque.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 106) ↗

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