- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 867
Artículo 867 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las mañanas a las 7:30, tienes que reportarle al Segundo Comandante cualquier accidente que haya pasado en las máquinas durante la noche, y también decirle cuánto carbón y otros materiales se usaron. Después, le pides la orden al mismo Segundo Comandante sobre a qué hora se debe hacer la limpieza, para que no se empalme con la limpieza general del barco.
Texto oficial
Artículo 867.- Todos los días, a las 7 h. 30 m. a.m., dará cuenta al Segundo Comandante de los accidentes ocurridos en las máquinas durante la noche, así como de la cantidad de carbón y efectos de uso consumidos. Tomará del propio Segundo Comandante la orden respectiva para la hora en que deba hacerse la limpieza, a fin de que coincida con la general del buque.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.