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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
932

Artículo 932 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un problema con tu superior en el trabajo, no puedes tomar venganza por tu cuenta ni faltarle al respeto con palabras o acciones. Si haces eso, no solo pierdes el derecho a que te escuchen y te hagan justicia presentando tu queja de manera correcta, sino que además te van a castigar según lo grave de tu falta. La manera adecuada de reclamar es hablar con el jefe de tu superior siguiendo los pasos establecidos.

Texto oficial

Artículo 932.- En ningún caso de queja contra un superior podrá el inferior tomar satisfacción privada y usar de palabras u obras que denoten insubordinación, pues en tal caso no sólo perderá el derecho de justicia que se le haría presentando su recurso al inmediato superior en términos regulares, sino que será castigado en proporción a las faltas en que incurra.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 113) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.