- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 942
Artículo 942 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los militares que estén trabajando activamente no pueden comprar materiales para obras del servicio naval, ni hacer contratos relacionados con la Marina. Tampoco pueden aceptar regalos o dinero extra, ni directamente ni a través de otras personas. Esto aplica mientras estén en servicio activo, es decir, mientras sigan en funciones. Si violan esta regla, están cometiendo una falta.
Texto oficial
Artículo 942.- Estando en servicio activo no deberán negociar en compras de obras, hacer contratos que sean para el servicio naval, ni recibir directa o indirectamente, gratificaciones o regalos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.