Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/966
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
966

Artículo 966 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en el ejército y tienes un rango de oficial, jefe o general, tienes la obligación de ayudar a la policía o a cualquier autoridad civil o militar que esté siendo atacada por una turba violenta o por cualquier tipo de agresión. Es decir, no puedes quedarte cruzado de brazos; debes dar toda la ayuda que esté a tu alcance para controlar la situación y proteger a esas autoridades.

Texto oficial

Artículo 966.- Los Generales, Jefes y Oficiales tendrán el deber de prestar los auxilios posibles a la policía y autoridades civiles o militares que se vean amenazadas por un motín, o por una agresión o violencia cualquiera.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.