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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
969

Artículo 969 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En los barcos y edificios de la Marina está totalmente prohibido jugar juegos de azar, como las cartas o dados con apuestas. Los oficiales que estén de guardia serán los responsables si alguien lo hace, y se les aplicará un castigo muy severo. Esto aplica dentro de cualquier lugar que pertenezca a la Armada.

Texto oficial

Artículo 969.- Quedan terminantemente prohibidos los juegos de azar en todos los buques y dependencias de la Armada, bajo responsabilidad y severo castigo de los Oficiales de guardia.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.