- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 981
Artículo 981 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 981 dice que, cuando un solo militar tiene el mando, él es el único responsable ante su jefe. Por eso, ningún general o oficial puede ordenar a un subordinado que haga algo siguiendo las instrucciones de otro que esté más abajo en el rango. En lugar de eso, debe escoger al soldado más capaz para la tarea y dejarlo actuar con libertad, tomando sus propias decisiones. Quien da la orden sigue siendo el responsable de lo que pase.
Texto oficial
Artículo 981.- Residiendo el mando en una sola persona, ésta es la única responsable ante su superior; en consecuencia, ningún Oficial General, Jefe u Oficial ordenará a un subalterno suyo que proceda en asuntos de interés de acuerdo con el que le esté subordinado, sino que elegirá siempre al de mayor aptitud y le confiará la comisión de que se trate, dejándole en libertad para tomar las disposiciones que crea convenientes, pues en los casos que surgieren él tendrá la responsabilidad del resultado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.