- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 984
Artículo 984 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay varios generales juntos en una situación militar, el que tenga más tiempo en el servicio o el de mayor rango será quien tome el mando de las tropas y de los asuntos administrativos. Esto solo aplica si la Secretaría de la Defensa o de Marina no haya dicho ya quién debe estar al frente. En pocas palabras, el general más viejo o de más alta jerarquía se convierte en el jefe si no hay una orden previa que decida otra cosa.
Texto oficial
Artículo 984.- Si en las fuerzas que expresa el artículo anterior concurrieren varios Oficiales Generales, el más antiguo o caracterizado tomará el mando de armas y económico, si la Secretaría respectiva no hubiere ordenado con anterioridad en quién debe recaer.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.