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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
984

Artículo 984 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay varios generales juntos en una situación militar, el que tenga más tiempo en el servicio o el de mayor rango será quien tome el mando de las tropas y de los asuntos administrativos. Esto solo aplica si la Secretaría de la Defensa o de Marina no haya dicho ya quién debe estar al frente. En pocas palabras, el general más viejo o de más alta jerarquía se convierte en el jefe si no hay una orden previa que decida otra cosa.

Texto oficial

Artículo 984.- Si en las fuerzas que expresa el artículo anterior concurrieren varios Oficiales Generales, el más antiguo o caracterizado tomará el mando de armas y económico, si la Secretaría respectiva no hubiere ordenado con anterioridad en quién debe recaer.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 117) ↗

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