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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
203

Artículo 203 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

A los diputados y senadores les pagan una dieta, que es su sueldo por cada día de trabajo. Si faltan a una sesión, el encargado del dinero (Tesorero) les va a descontar de su pago los días que no asistieron, basándose en una lista de faltas que firma el Presidente de la Cámara. Para que esto se pueda hacer, el Presidente de la Cámara o de la Comisión Permanente tiene que entregar a tiempo el reporte de quiénes asistieron y quiénes no a cada reunión.

Texto oficial

Artículo 203.- Los Tesoreros descontarán de las cantidades que deben entregar como dietas a los diputados y senadores, la suma que corresponda a los días que dejaron de asistir conforme a la orden escrita del Presidente de la Cámara o de la Permanente. El Presidente de cada Cámara o el de la Permanente, en su caso, pasarán oportunamente las listas de asistencia a las sesiones.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 25) ↗

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