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Artículo 4 de la LEY de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 4 ya no es válido, está completamente eliminado de la ley. "Derogado" significa que fue cancelado oficialmente, como si lo hubieran borrado del código legal. Esto sucedió el 15 de junio de 2007, cuando se publicó el cambio en el Diario Oficial de la Federación. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 4.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 15-06-2007

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.