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Artículo 40 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tu puesto desaparece por una reestructuración del gobierno, el Sistema de Servicio Profesional de Carrera tratará de moverte a otro lugar de trabajo. Lo harán dentro de la misma dependencia o en otra oficina que tenga un convenio con ellos. Además, te darán prioridad en los procesos de selección para que tengas más chance de quedarte con el nuevo puesto.

Texto oficial

Artículo 40.- Cuando por razones de reestructuración de la Administración Pública, desaparezcan cargos del Catálogo de puestos y servidores públicos de carrera cesen en sus funciones, el Sistema procurará reubicarlos al interior de las dependencias o en cualquiera de las entidades con quienes mantenga convenios, otorgándoles prioridad en un proceso de selección.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.