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Artículo 50 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los Comités y la Secretaría deciden juntos cómo y cuándo darle apoyo a los trabajadores de carrera para que puedan estudiar o seguir con su educación formal. Esto se hace tomando en cuenta los resultados de sus evaluaciones y si hay dinero disponible en el presupuesto. En otras palabras, si te va bien en tu trabajo y hay presupuesto, te pueden ayudar a estudiar, pero no es un derecho automático.

Texto oficial

Artículo 50.- Los Comités en coordinación con la Secretaría, determinarán mediante la forma y términos en que se otorgará el apoyo institucional necesario para que los servidores profesionales de carrera tengan acceso o continúen con su educación formal, con base en sus evaluaciones y conforme a la disponibilidad presupuestal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.