Artículo 52 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada cinco años, los trabajadores del gobierno que son de carrera (es decir, que no llegaron por dedazo o puesto político) deben pasar un examen obligatorio. La Secretaría decide cómo será esa prueba. Con ese examen se revisa que el empleado tenga las habilidades y conocimientos necesarios para su puesto y que los haya mantenido actualizados. Es obligatorio aprobarlo; si no, el trabajador podría perder su puesto.
Texto oficial
Artículo 52.- Los servidores profesionales de carrera deberán ser sometidos a una evaluación para certificar sus capacidades profesionales en los términos que determine la Secretaría por lo menos cada cinco años. Las evaluaciones deberán acreditar que el servidor público ha desarrollado y mantiene actualizado el perfil y aptitudes requeridos para el desempeño de su cargo. Esta certificación será requisito indispensable para la permanencia de un Servidor Público de Carrera en el Sistema y en su cargo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.