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Ley
LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Artículo
76

Artículo 76 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no estás de acuerdo con el resultado de un concurso o proceso de selección para un trabajo o puesto, puedes quejarte ante la Secretaría. Tienes 10 días hábiles para presentar tu queja, contando desde el día siguiente en que se anunció quién fue el ganador con la calificación más alta. Esta queja se llama "recurso de revocación", que es como un reclamo formal para que revisen su decisión. Solo aplica para los procesos que se hagan conforme a esta ley.

Texto oficial

Artículo 76.- En contra de las resoluciones que recaigan en el procedimiento de selección en los términos de esta Ley, el interesado podrá interponer ante la Secretaría, recurso de revocación dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se haga del conocimiento, el nombre del aspirante que obtuvo la calificación más alta en el procedimiento de selección.

Ver texto oficial de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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