Artículo 11 de la LEY de Extradición Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien que está siendo pedido en extradición (es decir, que otro país lo quiere para juzgarlo o castigarlo) tiene un juicio pendiente o ya fue sentenciado en México por un delito diferente al que pide la extradición, entonces México no lo va a entregar inmediatamente. Su entrega se aplaza hasta que ese asunto local se resuelva por completo y quede libre legalmente. Si queda libre, entonces sí se puede proceder con la entrega al país que lo solicita.
Texto oficial
ARTICULO 11.- Cuando el individuo reclamado tuviere causa pendiente o hubiere sido condenado en la República por delito distinto del que motive la petición formal de extradición, su entrega al Estado solicitante, si procediere, se diferirá hasta que haya sido decretada su libertad por resolución definitiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.