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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/65_071220/11
Ley
LEY de Puertos
Artículo
11

Artículo 11 de la LEY de Puertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 11 dice que los reglamentos de esta ley van a definir cómo se construyen, usan y manejan los puertos, terminales, marinas y demás instalaciones portuarias. Pero eso no es todo: también se deben seguir las reglas que vienen en los programas maestros de desarrollo de cada puerto, en los permisos o contratos que se firmen, en las normas oficiales mexicanas y en las reglas de operación del puerto. En resumen, no solo importa lo que diga el reglamento general, sino también lo que establezcan esos otros documentos y normas específicas para cada caso.

Texto oficial

ARTICULO 11.- Los reglamentos de esta ley establecerán las condiciones de construcción, operación y explotación de obras que integren puertos, así como de terminales, marinas e instalaciones portuarias, sin perjuicio de las específicas que se determinen en los programas maestros de desarrollo portuario, en las concesiones, permisos o contratos respectivos, en las normas oficiales mexicanas y en las reglas de operación del puerto.

Ver texto oficial de la LEY de Puertos (pág. 4) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.