Artículo 11 de la LEY de Puertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 11 dice que los reglamentos de esta ley van a definir cómo se construyen, usan y manejan los puertos, terminales, marinas y demás instalaciones portuarias. Pero eso no es todo: también se deben seguir las reglas que vienen en los programas maestros de desarrollo de cada puerto, en los permisos o contratos que se firmen, en las normas oficiales mexicanas y en las reglas de operación del puerto. En resumen, no solo importa lo que diga el reglamento general, sino también lo que establezcan esos otros documentos y normas específicas para cada caso.
Texto oficial
ARTICULO 11.- Los reglamentos de esta ley establecerán las condiciones de construcción, operación y explotación de obras que integren puertos, así como de terminales, marinas e instalaciones portuarias, sin perjuicio de las específicas que se determinen en los programas maestros de desarrollo portuario, en las concesiones, permisos o contratos respectivos, en las normas oficiales mexicanas y en las reglas de operación del puerto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.