Artículo 19 Bis de la LEY de Puertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (se refiere a la Secretaría de Marina o la autoridad marítima del gobierno) es la encargada de todo lo relacionado con la seguridad en puertos y barcos. También es la autoridad que aplica en México un reglamento internacional llamado Código PBIP, que sirve para proteger barcos e instalaciones portuarias contra riesgos de seguridad. Además, esta Secretaría puede dar certificados que demuestran que una persona o empresa sabe cómo manejar la protección en estos lugares, y también puede quitar o suspender esos certificados si no se cumplen las reglas.
Texto oficial
ARTICULO 19 Bis. La Secretaría es la autoridad en materia de protección marítima y portuaria y fungirá como la autoridad designada para efectos del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias, así como para otorgar certificados de competencia en materia de protección marítima y portuaria, vigilar su cumplimiento y revocarlos o suspenderlos, en su caso. Artículo adicionado DOF 26-12-2013. Reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.