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Artículo 15 de la LEY de Sociedades de Solidaridad Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La sociedad debe tener un libro o lista donde anote el nombre y la dirección de cada uno de sus socios. Esto sirve para tener control de quiénes son los dueños de la empresa. El registro debe estar actualizado y disponible para cuando se necesite.

Texto oficial

ARTICULO 15.- La sociedad llevará un registro que contendrá el nombre y domicilio de los socios. CAPITULO III De la Dirección y Administración de la Sociedad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.