Artículo 37 de la LEY de Sociedades de Solidaridad Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las sociedades de solidaridad social, que son grupos de personas que se organizan para trabajar juntos y ayudarse, pueden pedir préstamos a los bancos del gobierno. Estas sociedades tienen prioridad para que les aprueben el crédito, es decir, los bancos deben atender su solicitud antes que otras. El objetivo es que reciban las mejores condiciones y facilidades para obtener el dinero. Esto aplica solo a los préstamos de instituciones nacionales de crédito, como los bancos del Estado.
Texto oficial
ARTICULO 37.- Las sociedades de solidaridad social serán sujetos de crédito de las instituciones nacionales de crédito y tendrán preferencia en el otorgamiento del mismo, a fin de que gocen de las máximas facilidades. CAPITULO VIII De la Liquidación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.