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Artículo 5 de la LEY del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo enumera los puestos que existen dentro de la rama técnico-administrativa (la parte de una oficina que se encarga de trámites y papeleo). Los rangos van desde el más alto, que es Coordinador Administrativo, hasta el más bajo, que es Agregado Administrativo "D". Las categorías "A", "B", "C" y "D" son niveles dentro del mismo puesto de Agregado, donde la "A" es la de mayor jerarquía y la "D" la de menor. Las partes que decían "Se deroga" significan que esos puestos fueron eliminados de la ley en 2018, así que ya no existen.

Texto oficial

ARTÍCULO 5.- La rama técnico-administrativa comprende los siguientes rangos: I. Coordinador Administrativo; II. Agregado Administrativo "A"; III. Agregado Administrativo "B"; IV. Agregado Administrativo "C", y Fracción reformada DOF 19-04-2018 V. Agregado Administrativo "D". Fracción reformada DOF 19-04-2018 VI. Se deroga. Fracción derogada DOF 19-04-2018 VII. Se deroga. Fracción derogada DOF 19-04-2018 Artículo reformado DOF 25-01-2002

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.