Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1015
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1015

Artículo 1015 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si se muere parte de tu ganado o rebaño por algún accidente o enfermedad sin que tú (el usufructuario) tengas la culpa, el derecho a usar ese ganado sigue aplicándose solo a los animales que quedan vivos. Es decir, no pierdes el usufructo completo.

Texto oficial

Artículo 1015.- Si el rebaño perece en parte, y sin culpa del usufructuario, continúa el usufructo en la parte que queda.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 109) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.