- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1039
Artículo 1039 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el usufructo (el derecho de usar un bien ajeno y aprovechar sus frutos) se creó para que lo disfruten varias personas una tras otra, cuando muere la primera persona que lo estaba usando, el derecho no se acaba. En lugar de eso, pasa automáticamente a la siguiente persona que sigue en la lista. Es como si hubiera una fila de personas esperando su turno para usar el beneficio, y cada muerte solo hace que avance el turno al siguiente de la fila.
Texto oficial
Artículo 1039.- La muerte del usufructuario no extingue el usufructo, cuando éste se ha constituido a favor de varias personas sucesivamente, pues en tal caso entra al goce del mismo, la persona que corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.