- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1047
Artículo 1047 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El usufructo es el derecho de usar y disfrutar algo que es de otro, como una casa o un terreno. Si el usufructuario (quien tiene ese derecho) usa la cosa de manera incorrecta, no pierde automáticamente ese derecho. Pero si el mal uso es grave, el dueño puede pedirle al juez que le entregue la propiedad, con la condición de que pague cada año al usufructuario lo que produzca el bien (por ejemplo, la renta), luego de descontar lo que cueste administrarlo. Además, el dueño tiene que dar una fianza, que es como una garantía de que sí va a pagar ese dinero. Esto dura todo el tiempo que debía durar el usufructo.
Texto oficial
Artículo 1047.- El usufructo no se extingue por el mal uso que haga el usufructuario de la cosa usufructuada; pero si el abuso es grave, el propietario puede pedir que se le ponga en posesión de los bienes, obligándose, bajo de fianza, a pagar anualmente al usufructuario el producto líquido de los mismos, por el tiempo que dure el usufructo, deducido el premio de administración que el juez le acuerde.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.