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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1121
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1121

Artículo 1121 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el dueño de un terreno que tiene una servidumbre (como un paso para llegar a otro terreno) se comprometió por escrito a hacer algo o pagar una obra, puede salirse de ese compromiso si le entrega su terreno al dueño del otro predio. O sea, prefiere quedarse sin el terreno antes que cumplir con lo que prometió.

Texto oficial

Artículo 1121.- Si el dueño del predio sirviente se hubiere obligado en el título constitutivo de la servidumbre a hacer alguna cosa o a costear alguna obra, se librará de está obligación abandonando su predio al dueño del dominante.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 118) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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