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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1147
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1147

Artículo 1147 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el deudor principal logra librarse de una deuda porque ya pasó el tiempo legal para cobrarla (eso es la prescripción), esa protección también aplica automáticamente a sus fiadores. O sea, si a quien pidió el préstamo ya no le pueden cobrar por ley, tampoco pueden cobrarle al que salió de fiador. El fiador se beneficia de la misma defensa que tiene el deudor principal.

Texto oficial

Artículo 1147.- La prescripción adquirida por el deudor principal, aprovecha siempre a sus fiadores.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 121) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.