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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1154
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1154

Artículo 1154 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te quita un terreno o una casa usando violencia (con golpes, amenazas o a la fuerza), aunque después ya no haya violencia y todo esté tranquilo, no puedes alegar que ya te pertenece por el paso del tiempo. El plazo para que puedas hacerlo válido empieza a contar desde que terminó la violencia. Para terrenos o casas, ese plazo es de diez años; para objetos que se puedan mover (como un carro o una tele), es de cinco años.

Texto oficial

Artículo 1154.- Cuando la posesión se adquiere por medio de violencia, aunque ésta cese y la posesión continúe pacíficamente, el plazo para la prescripción será de diez años para los inmuebles y de cinco para los muebles, contados desde que cese la violencia.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 122) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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