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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1155
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1155

Artículo 1155 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien consigue algo cometiendo un delito (como robarlo), el tiempo que lo tenga no cuenta para poder quedárselo legalmente. Ese plazo empieza a correr hasta que termine su condena o ya no lo puedan castigar por el delito. Además, se considera que esa persona siempre actuó de mala fe, o sea, sabiendo que estaba mal. En pocas palabras, no te beneficia el tiempo que hayas tenido algo si lo obtuviste ilegalmente.

Texto oficial

Artículo 1155.- La posesión adquirida por medio de un delito, se tendrá en cuenta para la prescripción, a partir de la fecha en que haya quedado extinguida la pena o prescrita la acción penal, considerándose la posesión como de mala fe.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 122) ↗

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