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- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1171
Artículo 1171 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si alguien debe dinero y se muere, sus herederos tienen que pagar esa deuda con lo que reciban de la herencia. Los mismos límites y reglas que aplicaban al deudor en vida ahora les aplican a ellos. Los herederos no tienen que pagar con su propio dinero, solo con lo que hereden.
Texto oficial
Artículo 1171.- Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los herederos del deudor.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.