Artículo 119 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El acta de fallecimiento es un documento oficial donde se registra la muerte de una persona. Debe incluir: el nombre completo, edad, a qué se dedicaba y dónde vivía el difunto; también su estado civil (soltero, casado, etc.) y, si aplica, el nombre de su esposa o esposo. Además, se anotan los datos de los testigos que presenciaron el registro, como su nombre, edad y si son familiares. Igual se ponen los nombres de los papás del fallecido si se conocen, la enfermedad que causó la muerte, el lugar exacto donde lo enterraron y la hora en que falleció (si se sabe), más cualquier detalle extra si la muerte fue violenta.
Texto oficial
Artículo 119.- El acta de fallecimiento contendrá: I. El nombre, apellido, edad, ocupación y domicilio que tuvo el difunto; II. El estado civil de éste, y si era casado o viudo, el nombre y apellido de su cónyuge; III. Los nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos, y si fueren parientes, el grado en que lo sean; IV. Los nombres de los padres del difunto si se supieren; V. La clase de enfermedad que determinó la muerte y especificadamente el lugar en que se sepulte el cadáver; VI. La hora de la muerte, si se supiere, y todos los informes que se hagan en caso de muerte violenta.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.