Artículo 135 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes pedir que corrijan un acta del Registro Civil en dos casos. El primero es por falsedad, cuando dices que el evento que está registrado nunca ocurrió, como si alguien apuntó un nacimiento falso. El segundo es por enmienda, cuando quieres cambiar un nombre, una fecha o cualquier otro dato, aunque sea pequeño o muy importante. La "fe de erratas" solo significa que después de publicar la ley corrigieron errores de escritura en fechas específicas.
Texto oficial
Artículo 135.- Ha lugar a pedir la rectificación: I. Por falsedad, cuando se alegue que el suceso registrado no pasó; II. Por enmienda, cuando se solicite variar algún nombre u otra circunstancia, sea esencial o accidental. Fe de erratas a la fracción DOF 13-06-1928, 21-12-1928
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.