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Artículo 1359 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que en un testamento, puedes dejarle a alguien el derecho de usar tu casa, vivir en ella o recibir dinero para su comida y gastos básicos (lo que se llama pensión alimenticia). Eso aplica mientras esa persona siga soltera o viuda, pero si se vuelve a casar, lo pierde. El dinero de la pensión se calcula según las reglas del artículo 311, que habla de cuánto se necesita para vivir. Es una manera de asegurar que alguien tenga dónde vivir o qué comer temporalmente.

Texto oficial

Artículo 1359.- Podrá, sin embargo, dejarse a alguno el uso o habitación, una pensión alimenticia periódica o el usufructo que equivalga a esa pensión, por el tiempo que permanezca soltero o viudo. La pensión alimenticia se fijará de acuerdo con lo prevenido en el artículo 311.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 138) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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