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Artículo 1397 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te deja algo en un testamento (un "legado"), no puedes agarrar solo una parte y rechazar el resto. O lo aceptas todo o lo rechazas todo, no hay término medio. Esto evita que elijas solo lo que te conviene del regalo que te hizo la persona fallecida.

Texto oficial

Artículo 1397.- El legatario no puede aceptar una parte del legado y repudiar otra.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 141) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.