Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1410
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1410

Artículo 1410 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que se tiene que pagar por los impuestos de un legado (lo que te heredan) se descuenta directamente del valor de lo que te heredaron. Esto pasa a menos que la persona que hizo el testamento haya dicho otra cosa antes de morir. En otras palabras, si no hay instrucciones especiales, tú recibes lo que queda después de pagar los impuestos.

Texto oficial

Artículo 1410.- El importe de las contribuciones correspondientes al legado, se deducirán del valor de éste a no ser que el testador disponga otra cosa.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 142) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.