- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1417
Artículo 1417 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un testamento se declara inválido después de que ya se le entregó un legado (herencia específica) a alguien, la persona que realmente hereda puede reclamar que le devuelvan lo regalado. Esa reclamación va directamente contra la persona que recibió el legado, no contra otros herederos. La única excepción es si otro heredero hizo la repartición a propósito para perjudicar.
Texto oficial
Artículo 1417.- Si se declara nulo el testamento después de pagado el legado, la acción del verdadero heredero para recobrar la cosa legada procede contra el legatario y no contra el otro heredero, a no ser que éste haya hecho con dolo la partición.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.