Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1454
- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1454
Artículo 1454 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si alguien te perdona una deuda en su testamento de forma general, ese perdón solo aplica para las deudas que ya tenías cuando hizo el testamento. Las deudas que surjan después de ese momento no quedan perdonadas.
Texto oficial
Artículo 1454.- El legado genérico de liberación o perdón de las deudas, comprende sólo las existentes al tiempo de otorgar el testamento y no las posteriores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.