- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1455
Artículo 1455 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te deja en su testamento una cosa que no está especificada, pero sí dice de qué tipo es (por ejemplo, "un carro" sin decir la marca ni el modelo), ese legado es válido aunque el difunto no tuviera ningún carro en el momento de su muerte. El heredero tiene la obligación de conseguirte ese objeto del tipo que se mencionó, aunque no estuviera en la herencia.
Texto oficial
Artículo 1455.- El legado de cosa mueble indeterminada; pero comprendida en género determinado, será válido, aunque en la herencia no haya cosa alguna del género a que la cosa legada pertenezca.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.