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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1460

Artículo 1460 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te deja en su testamento un objeto específico, como un coche o una casa, el heredero tiene la obligación de darte exactamente ese mismo objeto, no otro parecido. Si el objeto se pierde o se destruye antes de que te lo entreguen, se aplican las reglas generales para deudas de cosas específicas. Es decir, el heredero podría tener que pagarte el valor de lo perdido si él tuvo la culpa o si ya estaba en deuda contigo.

Texto oficial

Artículo 1460.- En el legado, de especie, el heredero debe entregar la misma cosa legada; en caso de pérdida se observará lo dispuesto para las obligaciones de dar cosa determinada.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 145) ↗

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