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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1461

Artículo 1461 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien deja en su testamento un regalo de dinero a una persona, ese regalo se debe pagar con dinero. Pero si en la herencia no hay suficiente dinero en efectivo para cubrirlo, entonces se pueden vender algunos bienes del difunto, como una casa o un coche, y con lo que se obtenga de esa venta se paga el legado. Es decir, no puedes darle otra cosa en lugar del dinero a menos que no haya de plano efectivo.

Texto oficial

Artículo 1461.- Los legados en dinero deben pagarse en esa especie; y si no la hay en la herencia, con el producto de los bienes que al efecto se vendan.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 145) ↗

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