- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1465
Artículo 1465 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona, cuando estaba viva, le daba regularmente a alguien una cantidad de dinero para ayudarlo a mantenerse (como para comer o pagar gastos), esa misma cantidad se considera que le fue dejada en herencia. Esto aplica solo si no es una cantidad demasiado grande comparada con el total de lo que dejó el difunto. O sea, si el testador te apoyaba en vida, se entiende que quería que ese apoyo siguiera después de su muerte. Pero si la herencia es muy pequeña y lo que te daba era mucho, ahí ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 1465.- Si el testador acostumbró en vida dar al legatario cierta cantidad de dinero por vía de alimentos, se entenderá legada la misma cantidad, si no resultare en notable desproporción con la cuantía de la herencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.