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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1467
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1467

Artículo 1467 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el heredero que recibió una herencia para estudiar ya consiguió un trabajo o un oficio con el que pueda mantenerse solo, aunque todavía sea menor de edad, entonces ya no tiene derecho a seguir recibiendo ese apoyo económico. Tampoco se lo pueden seguir dando si se casa mientras es menor de edad. En ambos casos, la obligación de pagar sus estudios termina.

Texto oficial

Artículo 1467.- Cesa también el legado de educación, si el legatario, durante la menor edad, obtiene profesión u oficio con que poder subsistir, o si contrae matrimonio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 146) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.