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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1493
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1493

Artículo 1493 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces un testamento, siempre puedes cambiarlo o cancelarlo después. No importa si en algún momento dices que ya no lo vas a cambiar, esa promesa no sirve para nada. La ley dice que no puedes renunciar a tu derecho de modificar o cancelar tu testamento. Cualquier cláusula que pongas tratando de atarte a no cambiarlo es inválida. Esto es para que siempre tengas el control total sobre tus decisiones hasta el último momento.

Texto oficial

Artículo 1493.- La renuncia de la facultad de revocar el testamento es nula. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 148 de 370

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 147) ↗

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