- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1494
Artículo 1494 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si haces un nuevo testamento que cumpla con todos los requisitos legales, ese testamento nuevo cancela por completo al anterior, a menos que tú mismo digas en el nuevo que quieres mantener vigente una parte o todo el testamento viejo. O sea, si no aclaras nada, el testamento más reciente es el único válido.
Texto oficial
Artículo 1494.- El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.