- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1503
Artículo 1503 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la persona que va a hacer su testamento no habla español, tiene derecho a que un intérprete —que él mismo elija— esté presente en el momento de firmar el documento y lo firme también. Ese intérprete traduce lo que el testador dice al notario y al revés, para que todo quede claro y legal. Así, aunque no entiendas el idioma, tu voluntad queda escrita correctamente.
Texto oficial
Artículo 1503.- Cuando el testador ignore el idioma del país, un intérprete nombrado por el mismo testador concurrirá al acto y firmará el testamento. Artículo reformado DOF 06-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.