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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1533
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1533

Artículo 1533 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres mudo pero no sordo, o sordo pero no mudo, puedes hacer un testamento cerrado. Para eso, el testamento debe estar escrito por ti mismo, y si alguien más lo escribe, tienes que poner una nota de tu puño y letra que diga que lo escribió otra persona, y firmarla. Además, debes cumplir con todas las demás reglas que aplican para este tipo de testamento.

Texto oficial

Artículo 1533.- El que sea sólo mudo o sólo sordo, puede hacer testamento cerrado con tal que esté escrito de su puño y letra, o si ha sido escrito por otro, lo anote así el testador, y firme la nota de su puño y letra, sujetándose a las demás solemnidades precisas para esta clase de testamentos.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 151) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.